A esta dispersión de partidos, que es un desorden institucional, se añade que al votar leyes, algunos representantes chocan con su bloque: son autónomos, gobiernan sin representar al pueblo.
“No habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin la respectiva reasignación de recursos” (CN. Art. 75, inc.2, penúltimo párrafo) La Cámara de Diputados aprobó la transferencia del servicio de subterráneos a la Ciudad de Buenos Aires sin reasignarle los recursos. La votación de la transferencia es una violación institucional que perjudica la vida de la comunidad.
a) Los Representantes deben cumplir con el mandato que el pueblo les otorgó y ser sancionados si no lo cumplen. Su elección debe ser por circunscripción uninominal, y su control por el pueblo.
b) Usar resquicios legales para violar la Constitución es una aberración política que inexorablemente deteriora la armonía social.
La Constitución, ¿Para Que?
Dr. Marcelo Castro Corbat
Centro Segunda República
segundarepublica@fibertel.com.ar
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